Compras y ventas de segunda mano – impuestos

11 Septiembre 2018

Cuando estamos deseando comprar o vender algo, ya sea un piso o un coche por ejemplo, solo nos fijamos en los conceptos básicos como el precio, la calidad del producto, y si tenemos que coger algún tipo de minicredito para podernos permitir dicha compra. Pero el concepto que nos suele escapar, son los impuestos que deberemos pagar sobre la transacción que realizamos, ya sea de compra o de venta.

Todos los productos de segunda mano están gravados con uno de los impuestos más desconocidos, llamado impuesto de transmisiones patrimoniales o ITP. Este impuesto se sitúa en un 4% y corre siempre a cargo del comprador. De hecho, el ITP se aplica a todas las ventas realizadas, incluyendo las ventas de las plataformas más conocidas como eBay o Amazon, entre muchas otras.

¿Cuáles son las obligaciones del comprador?

La persona que adquiere un artículo de segunda mano ya sea una vivienda o un automóvil, está obligada a declarar el impuesto de ITP en la comunidad autónoma que pertenece, que la mayoría de las veces es de un 4%. Aunque nos podemos encontrar con algunas comunidades que tienen una regulación autonómica diferente, y el porcentaje de ITP puede llegar a variar.

Debemos de tener en cuenta, que el ITP se calcula sobre el valor total del producto, y aunque muchas veces los productos de segunda mano suelen ser de precios relativamente bajos, estamos obligados a declararlo.

Tampoco nos tenemos que fiar, del hecho de realizar las compras por internet, que muchas veces se pueden pagar en efectivo en el momento de la entrega del bien, ya que todas las ventas realizadas por internet, en las plataformas específicas, quedan registradas, y los inspectores de Hacienda pueden encontrarlas sin ningún problema.

¿Cuáles son las obligaciones del vendedor?

Los vendedores también tienen una serie de obligaciones al vender productos de segunda mano delante de Hacienda. En caso de que el producto de segunda mano que se vende tiene mayor precio que en el momento de la primera compra, el vendedor está obligado en declararlo. En estos casos, cuando se realiza la declaración del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o como también se conoce el IRPF, debemos de notificar en la declaración la diferencia del precio entre la compra y la venta, es decir, la ganancia patrimonial que hemos obtenido.

La mayoría de las veces, dichas transacciones no suelen tener ganancias patrimoniales y no las tenemos que declarar por el simple hecho, que los objetos de segunda mano se suelen vender por un precio más bajo que el inicial. También cabe destacar el hecho que dichas transacciones están libres de IVA, ya que la mayoría de las veces se realizan entre particulares y no empresas.

Ante todo, y para evitar posibles problemas con Hacienda, es importante guardar las facturas o los comprobantes del trato. Además, es importante prever que siempre existe la posibilidad que debamos de pagar impuestos sobre la compra que realizamos que resulta ser un gasto más añadido, y en caso de que utilicemos alguno de los préstamos personales para obtener el bien, debemos calcular la cantidad exacta que necesitamos para no quedarnos cortos en la compra.

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